En el mencionado documento, señalan que vencido el plazo de 45 días de remitida la propuesta técnica elaborada por la misma DNTDT, se convoca al Gobierno Regional de Moquegua, para realizar la firma del Acta de Acuerdo de Límites Territoriales entre los Departamentos de Moquegua y Puno, para los Tramos I y II, en la sede de la DNTDT.
Al respecto, se considera que no corresponde la remisión de una propuesta técnica por parte de la DNTDT, hasta que no se restituya el diálogo, de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 448-2009-PCM, por lo que se ha realizado la devolución del Oficio Múltiple N° 196-2013-PCM/DNTDT – PCM, sin convalidar ese procedimiento irregular.
Por lo indicado, la suscripción de un Acta de Acuerdos inexistentes sin la participación del Gobierno Regional de Moquegua conllevaría a una trasgresión a la paz social de todos los centros poblados ubicados en la zona limítrofe, siendo la DNTDT-PCM responsable de cualquier acto que se suscite.